jueves, abril 25, 2024
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Carabobo ya cuenta con recaudación tributaria que incluye estampillas

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A partir del martes 02 de mayo, entró en vigencia el Decreto N°1875, publicado en la Gaceta Oficial del Estado Carabobo Extraordinaria N°6164 de fecha 26 de abril de 2017, que crea el Sistema Automatizado de Recaudación Tributaria de la entidad (Siartec).

Carabobo
Foto: Prensa Gobernación de Carabobo

Mardysbeth Hernández, Secretaría de Hacienda y Finanzas del Ejecutivo regional, informó que los contribuyentes y responsables podrán realizar la declaración y pago, vía electrónica de los tributos por concepto de  Derechos de Registro, estampillas fiscales e Impuesto 1×1000, el cual permite realizar un seguimiento automatizado de las operaciones de los impuestos y controlar efectivamente la recaudación de los tributos estadales.

En este sentido, destacó que el sistema verifica cada registro, calcula el impuesto y almacena lo relativo a cada declaración, con la mínima intervención del factor humano, dándole carácter objetivo al proceso.

Hernández subrayó que, “es oportuno manifestarle al pueblo carabobeño, que el Siartec, por cada trámite emite dos (02) Planillas Única de Recaudación Tributaria (P.U.R.), en un solo folio, la cual no podrá ser reimpresa, ni utilizada para más de un trámite, debe estar a nombre del usuario a quien se le va a emitir u otorgar el documento, y el organismo o ente receptor no podrá aceptarla con un nombre distinto al del solicitante”.

Agregó que, el documento tiene una fecha de vigencia en la parte superior derecha, que es el tiempo que el usuario tiene para efectuar el pago de la misma ante la taquilla de la institución financiera indicada en el sistema.

Modalidad de Pago

En cuanto a la modalidad de pago electrónico, explicó que se obtiene al acceder a la página web: www.hacienda.carabobo.gob.ve, al módulo Siartec, donde podrá registrarse como usuario, obtener la Planilla Única de Recaudación Tributaria (P.U.R), posteriormente pagarla a través de la institución financiera indicada en el sistema.

Posteriormente,  el usuario presenta la planilla de pago ante el organismo o ente receptor de la misma, la cual validará con sello y firma del funcionario que la recibió, incorporándola al documento que se emite por el tramite requerido.

Igualmente Hernández señaló que,  “la estampilla del estado Carabobo, se paga de forma electrónica y el timbre fiscal móvil que el carabobeño usa no va a desaparecer, pues será utilizado para los tramites que se realizan ante el Registro Principal y para las notas certificadas emitidas por el sector educativo, entre otros”.

Mientras que para los trámites realizados ante las notarías, “el usuario paga el concepto del tributo Estadal por el punto de venta de ese organismo, de igual manera que para las gestiones realizadas por ante las Alcaldías y sus entes descentralizados, no requiere el timbre fiscal móvil, solo su pago por taquilla”, aseveró Hernández.

Jornadas de Divulgación Tributaria

Cabe destacar, según lo informado por la licenciada Mardysbeth Hernández, que para hacer efectiva la entrada en vigencia del Decreto N° 1875, se llevaron a cabo del 17 al 28 de abril de 2017, Jornadas de Divulgación Tributaria para el funcionamiento y operatividad del Sistema Automatizado de Recaudación Tributaria del Estado Carabobo (Siartec).

Mencionó que en las mismas participaron Registros Públicos y Mercantiles, organismos y entidades públicas nacionales, estatales y municipales, así como entidades bancarias que hacen vida en el estado Carabobo. “Esta jornada permitió a los participantes realizar acotaciones importantes para mejorar el sistema, teniendo una total aceptación del sistema”, dijo.

Asimismo, Hernández indicó que entre las ventajas que se pueden obtener con la aplicación del Sistema Automatizado de Recaudación Tributaria del Estado Carabobo (Siartec), se encuentran: optimizar los tiempos y recursos del proceso declaración y pago, aplicar la normativa estadal con toda justicia, cobrar correctamente los tributos y tasas.

También refirió que entre los beneficios está pagar la estampilla fiscal de forma electrónica, cancelar los derechos de Registro Mercantil correctamente, enterar y solventar el impuesto 1×1000 a que se encuentran obligados los organismos y entes públicos nacionales, estatales y municipales; así como, las instituciones financieras, detectar los errores en los valores de la declaración, monitorear el pago de los tributos, evitar la evasión de tributos y crear incentivos para el declarante.

Con información de prensa Gobernación de Carabobo

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